Si uno leyó el diario Clarín en los últimos días, seguramente se encontró con fuertes críticas al proyecto para una nueva Ley de Radiodifusión, que recientemente recibió la media sanción en la cámara de diputados. Se argumenta que esta restringe la libertad de expresión, que “pone en riesgo la libertad de prensa en la Argentina”, argumento que dicen respaldado por agencias internacionales, como la AIR (Asociación Internacional de Radiodifusión).
Lo polémico de estas afirmaciones se debe a la importancia de la libertad de expresión en las democracias modernas. Algunos de los aspectos fundamentales en una democracia representativa, son la capacidad de los ciudadanos de participar en elecciones libres y de expresarse libremente. Algo esencial para que esto pueda lograrse es que se disponga del acceso a diversas fuentes de información, cada una con distintos puntos de vista, para evitar (o disminuir) tanto la tergiversación de los hechos como la selección de la información a favor de ciertos agentes. De aquí parece surgir la gran polémica desatada por el proyecto de ley para aprobar una nueva Ley de Radiodifusión.
La “Ley de la Dictadura”

La ley de la dictadura tiene sus comienzos en la sanción de la Ley 22.285, promulgada por la dictadura militar en 1980. En un primer momento se buscó poner límites a la propiedad de estaciones de radio y a la conformación de redes, prohibir la inversión extranjera y la formación de conglomerados, regular los contenidos publicitarios y proponer la finalmente frustrada privatización de los canales de televisión de alcance nacional. A su vez, garantizaba que la dirección del COMFER, entidad que regula la radiodifusión en el país, represente a las tres armas del ejército, por lo que está intervenido desde 1983.
El presidente Menem, se encargó de reformar la ley. Las medidas impulsadas favorecieron la concentración de los medios de información en unos pocos y grandes grupos económicos y la formación de monopolios de la información, como el Grupo Clarín, gran crítico de las reformas de estas iniciativas, que en la actualidad, por ejemplo, acapara el 55% del mercado del cable a través del control ejercido sobre Cablevisión y Multicanal. Medidas como el artículo 45 de la ley, que prohíbe a las organizaciones sociales o entidades sin fines de lucro acceder a licencias de servicios de radiodifusión y fue declarada inconstitucional (¡en dos ocaciones!)
[1]por la Corte Suprema de Justicia, el decreto 1005/99, el cual permitió a un mismo operador explotar hasta veinticuatro licencias (antes eran cuatro) o la flexibilización de las condiciones para obtener licencias facilitaron la concentración de los servicios en las manos de unos pocos.
La nueva ley
La propuesta de el proyecto oficialista en cambio propone revertir los efectos de la anterior reglamentación. Busca una pluralización y democratización del espectro audiovisual, la desconcentración de la propiedad de las licencias y la descentralización de la producción de contenidos.
La concentración de los medios, producto de las políticas de dejarle el trabajo de regular el mercado a "la mano invisible" (la que generalmente se va de mano) llegó a un extremo tal que, por ejemplo, el grupo Clarín, además de controlar mas de la mitad del mercado de la televisión por cable, es poseedor del 32,5% del de proveedores de internet y de Canal 13. Para lograr acabar con esta situación, la propuesta establece un tope, menor al existente, de licencias que puede tener un prestador de servicios. A su vez, se les prohibe a las filiales o subsidiarias extranjeras la adquisición de licencias. La aprobación del proyecto provocaría que, para permanecer dentro de la ley, varios grupos se deberían desprender de licencias.
Además, se busca revalorizar el objeto social, no el comercial, que deberían tener los medios, al garantizar el 33% de las licencias a agentes sin fines de lucro. Esta medida, junto con el establecimiento de cuotas de producción mínima nacional (70% del espectro radial y 60% del televisivo) contribuye no sólo a garantizar la polifonía, sino que también la mayor participación de las señales locales.
Modificaciones
Para conseguir el dictamen, y su posterior sanción en diputados, el oficialismo debió corregir dos puntos de su proyecto. En primer lugar, se tuvo que modificar el acceso de las empresas telefónicas a la adquisición de licencias para televisión por cable. Lo problemático de este punto fue que se podía producir lo que se conoce como "triple play" que es cuando una misma empresa puede proveer tanto un servicio telefónico, como de internet y de cable. Esta práctica hubiese habilitado que se configurara un monopolio de los servicios de radiodifusión por parte de estas empresas, en vez de avanzar a una democratización del espectro. Sin embargo, se eliminó esta habilitación, evitando la posible monopolización.
En segundo lugar, otro punto de destacable polémica era la creación de un consejo que dispusiera del otorgamiento de las licencias, en el que, según las críticas, el oficialismo iba a tener mayoría, dando lugar a la posible discreción en su actividad. Para evitar esto, se amplió el número de miembros en el consejo, pasando de 5 a 7: 2 representantes del Poder Ejecutivo, 3 representantes del parlamento (1 de la primera minoría, otro de la segunda y el último de la tercera) y 2 representantes propuestos por el Consejo Federal de Comunicación Audiovisual, siendo uno de ellos representante de las universidades nacionales
[2]; de esta manera evitando toda posible discrecionalidad por parte del oficialismo.
Reflexión
Es importante darse cuenta de la poca difusión que tienen la mayoría de las medidas que propone la nueva ley, al igual que las medidas todavía vigentes en la antigua. Es evidente entonces que quizás la opinión de grandes grupos económicos en control de amplias porciones del mercado mediático
[3], al igual que los grupos extranjeros, no tengan posiciones del todo objetivas, o tiendan a deslegitimar el nuevo proyecto buscando desinformar a la gente del mismo para facilitar la imposición de sus posturas, tomadas por propia conveniencia. Ejemplos de esto es cuando se anuncian en ciertos programas que esta nueva legislación traerá un control del contenido mediático (cosa que es mentira y fue desmentida por el diputado Claudio Morgado en una entrevista en el programa A Dos Voces el miércoles 18/9) o que viola la constitución al limitar la libertad de expresión, cuando es la gran concentración de la propiedad mediática en unas pocas manos las que limitan la cantidad de voces en el espectro audiovisual.
Además, gran parte de la oposición al Frente para la Victoria critica el poco espacio de discusión que tuvo el dictamen aprobado en diputados. Sin embargo, fueron los representantes de esta misma oposición los que se retiraron del plenario de las comisiones, evitando la discusión y la propuesta de modificaciones al proyecto. Asimismo, la ley ya era conocida, sólo hacían falta conocer unas pocas modificaciones introducidas que, salvando las formalidades, podían ser analizadas perfectamente en el tiempo que hubo entre la emisión del dictamen y su entrada al plenario.
Finalmente, no hay q olvidar que esta no es una ley del Frente para la Victoria, ni esta es una pelea entre Clarín y los Kirchner. Esta es una ley de la democracia, que decide el futuro de los medios, y que va a ser aplicada por este y por todos los gobiernos que van a seguir. Por lo tanto, decir que esta ley es una venganza contra este grupo es minimizar el verdadero hecho. Debemos comprender que es casi una obligación moral reformar la antigua ley, para así garantizar de hecho la libertad de expresión que la democracia garantiza de palabra.
Fuentes Consultadas:
“Ley de Radiodifusión: duras críticas de una entidad internacional”. Diario Clarín. Buenos Aires, 4/5/2009
Robert Dahl. La democracia y sus críticos. Paydós, Buenos Aires, 1991, págs. 279-291.
Natalia Aruguete y Washington Uranga. “Medios del estado al servicio del poder económico”. Le Monde Diplomatique edición Cono Sur. Buenos Aires, abril de 2004.
Pablo Stancanelli. “Voces múltiples por el derecho a la comunicación”. Le Monde Diplomatique edición Cono Sur. Buenos Aires, octubre de 2003.
Natalia Aruguete. “De la concentración a la pluralidad”. Le Monde Diplomatique edición Cono Sur. Buenos Aires, mayo de 2009.
[1] En noviembre de 2004 esta norma fue modificada, a partir de allí, organizaciones con o sin fines de lucro podrían prestar servicios audiovisuales con la condición de que no exista otro licenciatario prestando el servicio, de esta manera la restricción continuaría en el caso de la mayoría de los mismos, favoreciendo a los grupos monopolizadores. (Natalia Aruguete. “De la concentración a la pluralidad”. Le Monde Diplomatique edición Cono Sur. Buenos Aires, mayo de 2009.)
[2] Revista parlamentario, Aceptaron cambios en la autoridad de aplicación de la ley de medios. (en línea)15/9/2009. (Disponible en: http://www.parlamentario.com/noticia-24215.html el 17/9/2009)
[3] Véanse las propiedades del Grupo Clarín en http://www.grupoclarin.com/content/composicion.html